Copiright

Mostrando entradas con la etiqueta Notas de prensa. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Notas de prensa. Mostrar todas las entradas

lunes, 29 de febrero de 2016

Campaña de captación de Socios. Únete a ATESCAN

Terminamos el 2015 trabajando por los T.E.S. de canarias. Hemos arrancado el año 2016 trabajando por el reconocimiento, respeto y formación de nuestros profesionales. Ahora necesitamos ser cada día más y mejores. Únete a ATESCAN y colabora con nosotros por tu presente y tu futuro.
Entra en www.atescan.es , y en el apartado de menú  "HAZTE SOCIO" Encontrarás toda la información y el formulario para unirte a la Asociación de Técnicos en Emergencias Sanitarias de Canarias ATESCAN.

sábado, 25 de octubre de 2014

No se tramitará ninguna denuncia penal cuando ambulancias, bomberos y policías superen los límites establecidos en situaciones críticas.

Según el diario digital Vozpópuli, el Fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas ha dictado unas recomendaciones para que no se tramite ninguna denuncia penal cuando ambulancias, bomberos y policías superen los límites establecidos en situaciones críticas. Hay que decir que es una noticia que está publicada en Internet, todavía no he encontrado el documento oficial que lo confirme. Si alguien lo encuentra o conoce de su paradero, agradeceríamos que nos lo comunicara, para poder disponer de el y publicarlo. Para mas información os dejo el enlace de la noticia.

Fuente de la noticia: Vozpópuli.com

miércoles, 8 de octubre de 2014

Los técnicos de Emergencias Sanitarias, condenan su abandono por parte de los poderes públicos.

El Ébola, La temida enfermedad de África que ya ha llegado a Europa. Una enfermedad que por lo visto afecta a todos los gremios de las emergencias. ¿Pero se habla algo del Técnico de Emergencias Sanitarias?. ¿Sabemos algo sobre la actuación de los compañeros que han participado en el los dispositivos de evacución?. ¿Están preparadas las dotaciones de estos vehículos para estos casos? ¿Se cumple la legislación del Transporte Sanitario en España?.
Todos los medios hablan de los protocolos del hospital, los medios y buscan víctimas y culpables, pero nadie se ha preocupado del TES. Por ello, la Plataforma para la Defensa del Ejercicio Profesional Del Transporte Sanitario. Ha publicado una nota de prensa, donde se expone lo acontecido y su llamada de atención ante la situación de crisis que se vive en estos momentos, como nos afecta y su postura. 
Esta es la nota de prensa.


Por lo que nos han comunicado, Esta nota de prensa ha sido enviada a las principales redacciones de periódicos de toda España.


martes, 10 de junio de 2014

Los estudiantes de la Universidad Fernando Pessoa, solicitan tu apoyo. Obtener el Documento de Reconocimiento Profesional para poder ejercer como Enfermeros.

Desde hace unos meses, los compañeros que terminaron el año pasado el Grado de Enfermería en la Universidad Privada Fernando Pessoa, en Las Palmas de Gran Canaria. Están con la incertidumbre de no saber si después de haber pagado su carrera, no saben si podrán ejercer en el territorio español. Cosa que contrasta bastante pues el Título si es oficial para toda Europa, y desde este año, no han recibido todavía esta promoción, la autorización para poder trabajar en España. 
Esto lanza una serie de cuestiones.
¿Es rentable estudiar en España por lo privado?
¿Estarán expuestos a estas decisiones aleatorias el resto de instituciones de enseñanza privadas?
¿Que pasará con los estudiantes que actualmente están estudiando en los diferentes cursos?
Si el estado considera de que la titulación no es lega en España. ¿Por que son legales las otras 6 o 7 promociones anteriores, que actualmente trabaja?.
¿Por que no se puso una fecha, donde se diga que a partir de esta, los que se matriculen en primero, no podrán ejercer en España?
Está claro, que de cara a Europa, damos pinta de tener un sistema, que mas que legislar, se dedican a tocar la pandereta. Creando tensiones y malestar emocional a estos compañero, los  cuales muchos trabajan en el sector, con los sacrificios que ello supone. Y ahora su futuro es incierto.

Ellos ahora piden tu apoyo, y te solicitan que firmes en Change para poder presentar una reclamación ante las autoridades pertinentes.



Os dejo el documento que ellos han escrito para la reclamación.

Nos dirigimos a quien tenga la posibilidad de ayudarnos en esta situación que es bastante complicada.

Hace ya casi un año finalizamos nuestros estudios universitarios en la Universidad Fernando Pessoa (Delegación en canarias) a través del Centro de Estudios Técnicos Superiores de Canarias (CETESCA). Es decir, estamos en posesión del titulo de Licenciatura en Enfermería desde Julio de 2013 por Portugal, país integrante de la Unión Europea (U.E.) y por tanto adscrito al pacto de Bolonia, cumpliendo todos los requisitos que se piden para el reconocimiento del titulo entre países miembros de la U.E. 

Tenemos un problema, hemos solicitado al ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad en España (Las peticiones para el reconocimiento de título expedido en la unión europea a los efectos de ejercer profesiones sanitarias en España) según la Directiva 2005/36/CE el día 20 Septiembre de 2013 en Madrid. 

Hasta la fecha de hoy, el Ministerio Español no nos ha facilitado el reconocimiento profesional solicitado el 20 de Septiembre de 2013, para poder ejercer como enfermeros de cuidados generales en España con una demora en tiempo y forma, causando un daño moral, personal y económico. 

No es sencillo pasar por esta situación, fueron muchas las noches de incansable estudio, de dejar a nuestras familias de lado por cumplir un sueño, por alcanzar una meta que costo mucho de nuestro tiempo, dinero y salud. Muchos de nosotros complementamos los estudios con trabajos y familia, e incluso hijos, con todo lo que ello conlleva. 

Fueron años, de practicas interminables, de doblar turnos y de tener que pasar por la consulta del medico, cuando el agotamiento y el estrés dejaban entrever sus efectos, pero lo superamos, lo hicimos con mucho sacrificio pero con el convencimiento de que los resultados y el trabajo bien hecho darían sus frutos en el futuro.

Y cuando por fin lo conseguimos nos dicen que tenemos que esperar, que hay un problema, que ahora y con nosotros hay un problema burocrático y que no podemos ejercer la profesión que hemos elegido, estudiado y ganado con tanto esfuerzo. 

Aun así esperamos casi un año, teniendo que rechazar ofertas de empleo (sabiendo como esta el trabajo en este país y la falta que hace), teniendo que sufrir en nuestras carnes la desidia de un sistema burocrático “mecanizado” donde nadie parece tener responsabilidades y donde la “pelota” pasa de tejado en tejado sin recibir más respuesta que la de “hay que esperar”.

No entendemos la situación, no compartimos ni las formas, ni el contenido de la situación, cumplimos con todos los requisitos que se nos exige para ser Enfermeros, pero a nadie parece importarle, entre pasillos nos dicen muchas cosas, pero nadie quiere “mojarse” por nosotros y al final seguimos como al principio.

Revisando la directiva 2005/36/CE que dice:

…dicha transferencia se hará automáticamente una vez solicitado Reconocimiento Profesional… 

Lo único que pedimos es una solución, solo creemos que es justo tener lo que hemos ganado con tanto esfuerzo, nuestra titulación legalmente, queremos ejercer nuestra profesión honradamente y no podemos debido a esta situación.

Otros compañeros de promoción han tenido que marcharse fuera de España y hoy por hoy trabajan sin ningún tipo de problema en otros países. Países de la Unión europea como Alemania e Inglaterra acogiéndose a la directiva 2005/36/CE, entendiendo por tanto, que España a firmado una Directiva Europea que no cumple. 



Además ya en Canarias existen 6 promociones de Enfermería que han estudiado en la Universidad Fernando Pessoa (UFP-Canarias) y que actualmente se encuentran ejerciendo la profesión de Enfermeros de Cuidados Generales en nuestra Comunidad Autónoma. Situación que complica aún más si cabe nuestra realidad, entendiendo que con los mismos estudios y cumpliendo las mismas características académicas, se da un a situación de “agravio comparativo” entre las promociones anteriores y la nuestra. Otorgando por parte del Estado Español los reconocimientos profesionales que demandamos a las promociones anteriores y no a nosotros.

Por tanto, solicitamos e incluso les rogamos que estudien el caso y que nos ayuden a encontrar una solución lo más pronto posible, actualmente somos 96 Enfermeros afectos por esta situación de denegación de reconocimiento profesional.

Se adjunta, Composición Titulo Europeo según el Plan Bolonia y el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES): 

Los planes de estudios de la UFP para la obtención del título de “Licenciatura em enfermagem” se componen de un total de cuatro cursos académicos correspondientes a 240 ECTS (European Credit Transfer and Accumulaion System), adaptados a la Normativa Europea según el Decreto publicado en el DIÁRIO DA REPÚBLICA-1SÉRIE-B nº 152 de 8 de agosto de 2006 (Portugal) Despacho nº 16 236/2006 por el Proceso de Bolonia.

A los efectos de CETESCA, para poder impartir los cursos del título de “Licenciatura em enfermagem”, el Rector de la UFP, el Profesor Doctor Salvato Trigo y el presente (Director de CETESCA), acordaron celebrar en fecha de 21 de octubre de 2002, un Protocolo-Base de Cooperación de acuerdo a la legislación vigente, en el que se estipulan las obligaciones de ambas partes, y en lo que interesa al presente escrito, se establecen una obligaciones de control por la UFP a través de la Facultad de Ciencias de la Salud de garantizar y certificar la formación en el Curso Superior de Enfermería a partir del año lectivo 2003-2004 impartido en las instalaciones de CETESCA y del cual UFP informó a la Directora General de Enseñanza Superior del Gobierno de Portugal en fecha de 24 de febrero de 2003.

El citado Protocolo de Cooperación Internacional resulta para el cumplimiento de los efectos del artículo 18, punto 1, párrafo b) del RD 557/1991, constando debidamente autorizados por el registro R/B-AD-803/2006, publicado en el Diario de la República, 2ª serie, nº 152, de 8 de agosto de 2006 y del despacho nº 19002/2006, publicado en el Diario de la República, 2ª serie, nº 180, de 18 de septiembre de 2006.

Efectivamente, todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.1 b) 18.2 del Real Decreto 557/199, en atención la remisión dispuesta en el artículo 19.1 del mismo texto legal, que establece una serie de requisitos que se constituyen como la normativa básica para el establecimiento en España de centros que impartan enseñanzas de nivel universitario, conforme a los sistemas educativos vigentes en otros países. Concretamente, la entidad titular del Centro acreditó que las enseñanzas se encuentran regularizadas dentro del sistema educativo del correspondiente país (en nuestro caso, Portugal) y, que los títulos y planes de estudio necesarios para obtenerlos están debidamente reconocidos, que las enseñanzas tendrán plena validez en el referido país. (Artículo 18.1 b) RD 557/1991).

De esta manera, el Ministerio de Asuntos Exteriores en fecha de 16 de junio de 2003, en respuesta a la petición formulada por la Dirección General de Universidades e Investigación, Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, dispone, una vez analizado el citado Protocolo de Cooperación Internacional suscrito entre CETESCA y UFP, que tenga lugar la implantación del Centro de que CETESCA para impartir la enseñanza al nivel que solicita, y se proceda a autorizar por el Gobierno de Canarias, atendiendo al principio de reciprocidad, dispuesto en cumplimiento del artículo 18.2 RD 557/1991.




A su vez, CETESCA está autorizado por el Gobierno de Canarias para impartir las enseñanzas conducentes al título de “Licenciatura em enfermagem” expedido por la UFP, mediante Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 21 de julio de 2009, en ejecución de la sentencia de 28 de noviembre de 2008, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sede de Santa Cruz de Tenerife).[Publicación en el BOC de 20 de julio de 2009 de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 21 de julio de 2009].

Esta autorización otorgada por la Comunidad Autónoma Canaria resulta en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que exige para Centros que impartan enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria y trae sustento en las normas básicas para la creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios previstas en el Real Decreto 557/1991 de 12 de abril. 

Además, la Embajada de Portugal en Madrid certificó en fecha de 11 de abril de 2003, que la UFP es una institución oficial privada de enseñanza superior, debidamente constituida con arreglo a la legislación portuguesa (Decreto de Ley nº 107/96, de 31 de julio) y que está habilitada para impartir el Curso Superior de Enfermería y el Curso Complementario de Formación de Enfermería, a través de la Escola Superior de Saúde de la UFP, según los términos previstos en el Decreto 419/2002, de 19 de abril y Decreto 247/2003, de 18 de marzo (párrafo 1º). 



Un Saludo. 

A la espera. 

Atentamente, 
[Tu nombre]

jueves, 24 de abril de 2014

Nota de prensa de la Plataforma Para la defensa del Ejercicio Profesional del Transporte Sanitario

imagen de la denuncia.
Tras lo acontecido en el municipio de Padrón, en la CCAA de Galicia. Tras la denuncia de una ambulancia. La Plataforma Para la Defensa del Ejercicio Profesional del Transporte Sanitario, ha publicado una nota de prensa, con su postura ante esta situación.

Tengo que decir que la denuncia que circula por la red es real y ha sido contrastada, de hecho hay constancia de varias inspecciones por el territorio nacional.

Desde Tescanarias, llevamos tiempo advirtiendo de que este tipo de situaciones se podrían dar. Ya desde el año pasado cuando se publico la Orden Pre 1435/2013, Y las autoridades de Tráfico, ya sean cuales quieran su autonomía de actuación podrán hacerse cargo de dichas denuncias.




Os dejo también un extrato de la Orden Pre  1435/2013 que entró en vigor el 1 de enero de 2014.

"Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera
Artículo 16. Acreditación de la disposición del personal y número mínimo de conductores que resulte exigible.
1. La disposición del número mínimo de personal y de conductores que en cada caso resulte exigible se acreditará a través de idéntica documentación a la señalada en el artículo 13, a la que habrá de acompañarse de los correspondientes permisos de conducción en vigor y de los certificados o títulos acreditativos de la cualificación profesional de los conductores y de los conductores en funciones de ayudante, que resulten pertinentes de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo.
2. No se exigirá la presentación de la documentación señalada en el punto anterior cuando el órgano competente tuviera conocimiento del cumplimiento de los extremos a que la misma está referida a través del Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte."


Os dejo la nota de prensa, en respuesta a los hechos acontecidos.

                 
                                          NOTA DE PRENSA
24 de abril de 2014.
            Tras recurrir ante el Tribunal Supremo  el RD 22/2014 que modifica el RD 836/2012 en beneficio de Cruz Roja y otras entidades similares, esta Plataforma de Asociaciones de Técnicos en Emergencias Sanitarias se felicita  ante la actuación de la Guardia Civil de Tráfico en Galicia en los dos últimos días.
 Como ya conoceréis fueron varias las denuncias realizadas por miembros de la Guardia Civil al advertir que varios conductores de ambulancias que estaban realizando transporte sanitario de viajeros por carretera carecían de la acreditación profesional requerida en la normativa vigente.
 Ese es el camino que deben seguir las Administraciones Públicas, impedir  que personal carente de la formación profesional exigida usurpe puestos de trabajo a los trabajadores del sector debidamente formados y acreditados.
 Esta Plataforma entiende que el personal de las ambulancias ha de estar capacitado para el ejercicio de su profesión conforme a la legalidad vigente: el/la médico debe ser grado/licenciado en Medicina, el/la enfermero/a debe ser grado/diplomado en Enfermería, y el/la Conductor y/o ayudante debe ser TÉCNICO EN EMERGENCIAS SANITARIAS y acreditar ser titular del grado medio de Formación Profesional.
 Luchamos para que dicha exigencia legal sea requerida tanto se trate de una prestación de servicio remunerada como trabajador del sector, o bien  se trate de un servicio prestado como voluntario.
 Por tanto mostramos nuestro apoyo a la actuación de la Guardia Civil  en la vigilancia,  y denuncia en su caso, del cumplimiento de los requisitos legales para el transporte sanitario de enfermos y/o accidentados por carretera.

PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL TTE. SANITARIO
Para descargar versión en PDF pinchar Aqui.